OBJETO DE LA EMPRESA

-Prestar servicios integrados de ingeniería en dirección, gestión y administración de proyectos de inversión y de la construcción.


-Elaboración de estudios de factibilidad, diseño, construcción y asesoría en el desarrollo de proyectos de: acueducto y alcantarillados, canalizaciones, sistemas de irrigación y dragados, estaciones de bombeo, plantas de tratamiento, tanques de almacenamiento, rellenos sanitarios, pozos sépticos, vías, pavimentos rígidos y flexibles, movimientos de tierra, estructuras, puentes, represas, protección geotécnica, estabilización de taludes, control de erosión, bancos de ductos y manholes especiales.
-Elaboración y montaje de estructuras metálicas para bodegas, galpones, cubiertas, silos, tanques, tolvas, etc.
-Diseño y elaboración de proyectos de urbanismo, construcción de edificios, bodegas, plantas, escenarios, unidades sanitarias, remodelaciones, adecuaciones y mantenimiento civil y locativo.
-Diseño, Mantenimiento e Interventoria de todo Tipo de Obras Civiles, de Ingeniería Eléctrica, Electromecánica,Hidrosanitaria, Agrícola y Ambiental.

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

IDENTIFICACION: NIT: 900391879-8

Cédula de Ciudadanía o NIT



NOMBRE DE LA EMPRESA: EMPRESA DE CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES SANITARIAS Y AMBIENTALES, RODRIGUEZ Y RODRIGUEZ SAS, (ECOCSA R&R SAS).

TUNJA BOYACA PLAZA REAL OFI. 302A 3143738589

Ciudad Departamento Dirección Teléfono



Sucursales o Agencias Si ( ) No (X)



NOMBRE DE LA A.R.P.: POSITIVA No. Patronal, Contrato o Póliza 12134



Clase o tipo de Riesgo asignado por la A.R.P.: Niveles (I,II,III,IV y V)



Código de la Actividad Económica: 5742101



Nota: La Clase o tipo de Riesgo y el Código de la Actividad Económica son de acuerdo con el art. 5, Decreto Nacional 1607 de 2002

"Por el cual se adopta la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones".





PRESCRIBE EL PRESENTE REGLAMENTO CONTENIDO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:



ARTICULO 1º. La empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas que con tal fin se establezcan.



ARTICULO 2º. La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989 y Decreto 1295 de 1994.



ARTICULO 3º. La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo al Decreto 614 de 1984 y Resolución 1016 de 1989, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:



-Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo, Orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todo los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos, colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.



-Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.



ARTICULO 4º. Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos principalmente por: (En este Artículo se relacionarán los riesgos característicos de la actividad económica y los específicos susceptibles de generarse en la empresa) . Ver clasificación de Factores adjunta.



PARAGRAFO: A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o en enfermedad profesional, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.



ARTICULO 5º. La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el programa de salud ocupacional de la empresa.

ARTICULO 6º. La empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que debe desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.



ARTICULO 7º. Este reglamento permanecerá exhibido en por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, junto con el Auto Aprobatorio, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.



ARTICULO 8º. El presente reglamento tendrá vigencia a partir de la aprobación impartida por el Ministerio de Protección Social y durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.

CONOCIMIENTO POLITICA AMBIENTAL



La Política Ambiental es el elemento motor para la implementación y el perfeccionamiento del Sistema de Gestión Ambiental (SGA) en la empresa, permitiendo que su desarrollo ambiental sea mantenido y potencialmente mejorado. Es el compromiso de la dirección de nuestra empresa con los valores y políticas de preservación del medio ambiente.

Es política de la Empresa ECOCSA R&R SAS Empresa de Construcción de obras civiles sanitarias y ambientales, al desarrollar las tareas propias del objeto social de la empresa, velar por la calidad del ambiente en que sus trabajadores se desempeñan, proteger los ecosistemas en que sus obras se ejecutan buscando la mitigación de impactos generados, dando pleno cumplimiento a la legislación ambiental vigente.

Para el logro de este propósito:

Garantizar el derecho colectivo a un medio ambiente sano.

-Garantizar el desarrollo sostenible. „

-Ser parte de la seguridad del Estado. „

-Resolver la tensión entre medio ambiente y desarrollo.

CONOCIMIENTO LEGISLACION AMBIENTAL

CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO HUMANO. ESTOCOLMO – 1972

LEY 23 DE 1973

-DECRETO LEY 2811 DE 1974

LOGRAR LA PRESERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL AMBIENTE

CONSERVACIÓN, MEJORAMIENTO Y UTILIZACIÓN RACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVALBES

PREVENIR Y CONTROLAR LOS EFECTOS NOCIVOS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES SOBRE LOS DEMAS RECURSOS

-LEY 9 DE 1979

NORMAS GENERALES PARA LAS DISPOSICIONES Y REGLAMENTACIONES NECESARIAS PARA PRESERVAR, RESTAURAR Y MEJORAR LAS CONDICIONES SANITARIAS EN LO RELACIONADO A LA SALUD HUMANA

PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS PARA LA REGULACIÓN, LEGALIZACION Y CONTROL DE DESCARGAS DE RESIDUOS Y MATERIALES QUE AFECTEN LAS CONDICIONES DEL AMBIENTE

REGULAR LA CONDUCTA HUMANA Y LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA REPECTO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES

RESOLUCIÓN 2309 DE 1986

REGLAMENTA EL MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS, EN CUANTO AL PERMISO DE TRANSPORTE Y PLAN DE CONTINGENCIA Y EL ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN DE LOS MISMOS.

LEY 139 DE 1994: COMITÉ ASESOR DE POLÍTICA FORESTAL

LEY 140 DE 1994: PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL

LEY 142 DE 1994: SERVICIOS PÚBLICOS

LEY 299 DE 1996: PROTECCIÓN DE FLORA COLOMBIANA Y REGLAMENTACIÓN DE JARDÍNES BOTÁNICOS

LEY 373 DE 1997: PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA

LEY 430 DE 1998: DESECHOS PELIGROSOS

LEY 599 DE 2000: CÓDIGO PENAL

LICENCIAS AMBIENTALES

LEY 99 DE 1993

TÍTULO VIII: DE LAS LICENCIAS AMBIENTALES

-DECRETO 1753 DE 1994

MODALIDADES DE LICENCIA AMBIENTAL

ORDINARIA

ÚNICA

GLOBAL : CAMPOS PETROLEROS Y DE GAS

PROCEDIMIENTO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL

-DECRETO 1728 DE 2002

DESAPARECE CLASIFICACIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL EN ORDINARIA Y ÚNICA

GLOBAL: PROYECTOS RELACIONADOS CON EXPLOTACIÓN MINERA Y DE HIDROCARBUROS

-DECRETO 1180 DE 2003

DEFINICIONES CORRESPONDIENTES A:

MEDIDAS DE COMPENSACIÓN

MEDIDAS DE CORRECCIÓN

MEDIDAS DE MITIGACIÓN

MEDIDAS DE PREVENCIÓN

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

TÉRMINOS DE REFERENCIA

EXIGIBILIDAD DE LA LICENCIA

PROCEDIMIENTO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIA

-DECRETO 1220 DE 2005

AUTORIDADES AMBIENTALES COMPETENTES

GLOBAL: PROYECTOS RELACIONADOS CON EXPLOTACIÓN MINERA Y DE HIDROCARBUROS

EXIGIBILIDAD DE LA LICENCIA

ESTUDIOS AMBIENTALES

TÉRMINOS DE REFERENCIA EXPEDIDOS POR MAVDT

PROCEDIMIENTO PARA OBTENCIÓN DE LICENCIA Y FORMATO ÚNICO NACIONAL

EVALUACIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES SEGÚN MANUAL EXPEDIDO POR MAVDT

-RESOLUCIÓN 958 DEL 15 DE JULIO DE 2005

ADOPTA EL FORMATO ÚNICO NACIONAL DE SOLICITUD DE LICENCIA AMBIENTAL

-RESOLUCIÓN 1552 DEL 20 DE OCTUBRE DE 2005

ADOPTA MANUALES PARA EVALUACIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES Y DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE PROYECTOS

DECRETO 1575 DE 2007: SISTEMA PARA LA PROTECCIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL DE LA EMPRESA


ECOCSA R&R SAS

INTRODUCCIÓN

Con esta política la empresa ECOCSA R & R SAS declara su compromiso de proteger, mantener y mejorar la salud ocupacional de sus trabajadores y de las personas que intervienen en la ejecución de sus procesos.

JUSTIFICACIÓN

La empresa ECOCSA R & R SAS reconoce el talento humano como su recurso más valioso y entiende que la salud ocupacional es una condición necesaria para el bienestar de sus trabajadores, repercutiendo positivamente en el desarrollo integral y la productividad. Por lo tanto, realizará acciones encaminadas a promover, preservar y restablecer la salud, hasta donde la ciencia médica lo aplique y lo reconozca en el país.

Adicionalmente, generará condiciones que minimicen y controlen los factores de riesgo existente, inherente a las actividades productivas de la empresa.

MARCO DE REFERENCIA JURÍDICO

La empresa ECOCSA R & R SAS, acata, respeta y aplica todo el ordenamiento jurídico vigente en materia de salud ocupacional del lugar donde esté localizada. Así mismo aplica los convenios, recomendaciones y tratados bilaterales y multilaterales que resulten pertinentes.

MARCO CONCEPTUAL

Salud

Estado de bienestar físico, psicológico y social que permite de manera individual y colectiva, ejecutar una actividad laboral que agrega valor a la organización y aporta al desarrollo integral del trabajador.

Salud Ocupacional

Son todas aquellas actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

Factor de Riesgo

Cualquier acción u omisión humana, fenómeno, característica, elemento o circunstancia que su presencia o ausencia, encierra la capacidad potencial de causar daños materiales, lesiones, enfermedades o una combinación de éstos.

Autocuidado

Actitud personal, conciente, responsable y permanente en el desempeño de sus actividades que procura la conservación de la integridad física y mental, mediante acciones sistemáticas de prevención y protección previamente planeadas y consecuentes con las mejores prácticas.

Prevención

Es el conjunto de acciones que tienen por objeto identificar factores de riesgo para controlar o reducir los riesgos que pueden afectar la salud individual y colectiva en los lugares de trabajo, con el fin de evitar que ocurran accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Promoción de la salud

Conjunto de acciones que se realizan con el objeto de contribuir a mejorar las condiciones de salud de las personas y a consolidar estilos de trabajo seguros y hábitos de vida saludables.

ALCANCE

La empresa ECOCSA R & R SAS, en el desarrollo de sus procesos, preservará la salud ocupacional de sus trabajadores en todos los lugares de trabajo, bien sean propios o de terceros, de manera permanente, manteniendo ambientes de trabajo saludables, desarrollando el autocuidado y aplicando las mejores prácticas en consonancia con la estrategia corporativa.

La empresa ECOCSA R & R SAS, velará por mantener las condiciones de salud ocupacional adecuadas para los visitantes y proveedores durante la permanencia en sus instalaciones y en las diferentes obras que este desarrollando.

CRITERIOS DE APLICACIÓN

La empresa ECOCSA R & R SAS, adopta los siguientes criterios para la aplicación de esta política:

Prevención

La empresa ECOCSA R & R SAS, se compromete a: